Casos no esclarecidos
ANEXO
PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA PARADERO
SORICH AGOSTINA NADÍN

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública
recompensa entre las sumas de pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000) y
pesos cinco millones ($ 5.000.000) de conformidad a lo previsto por el Decreto N°
2.052/98 y su modificatorio, a toda persona que aporte información fehaciente que
contribuya a determinar el paradero de SORICH, Agostina Nadín, argentino, DNI Nº
46.938.646, nacida el 23 de junio de 1998, hija de Pedro Simón Sosa y Andrea
Paola Sorich, contextura mediana, delgada, 1.60 mts. de altura, ojos marrones,
cabello color castaño oscuro, lacio, largo pasando los hombros, que podrían haber
sido cortados y teñidos de rubio, quien fue vista por última vez el día 15 de octubre
de 2010 en la localidad y partido de Villa Gesell, provincia Buenos Aires.
Interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 3 del Departamento Judicial
Dolores (IPP N° 03-03-04710-10).
Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante
los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la
Provincia, ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 3 del Departamento
Judicial Dolores (sita en calle San Martín N° 37, teléfono 02245 15 40-9677, correo
electrónico ufij3.do@mpba.gov.ar), o ante la Dirección Provincial de Registro de
Personas Desaparecidas (sita en calle 2 entre 51 y 53, Oficina N° 118 de la ciudad
de La Plata, correo electrónico recompensas@mseg.gba.gov.ar, teléfonos 0221 429-
3015 y 0221 429-3091 de Lunes a Viernes de 08:00 a 18:00 horas), debiendo
asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las
personas.
El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a
suministrar la información ante las autoridades señaladas, haciendo conocer que se
encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto N°
2.052/98 y su modificatorio, la Resolución Ministerial N° 2.390/07, lo establecido en el
presente y conforme el mérito de la información aportada.
SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD